Pablo Neruda, decia:
"Cuando crezcas, descubrirás que ya defendiste mentiras, te engañaste a ti mismo o sufriste por tonterías. Si tienes el coraje, no te culparás por ello, pero tampoco dejarás que tus errores se repitan". Piénsalo ¡¡¡

miércoles, 31 de octubre de 2007

SEGUROS

Meta del curso


Cuando el participante de por terminado el curso podrá expresarse en la terminología usada en el medio asegurador, para discriminar un riesgo, conocer las técnicas fundamentales al asegurar bienes, conocer todos los ramos de seguro he igualmente la mecánica de reclamo de siniestros; indispensables en la formación de todo administrador. Asimismo contará con el conocimiento que exige la custodia y el mantenimiento del patrimonio de la empresa, la seguridad de las personas que laboran para la misma, la seguridad de las inversiones tanto nacionales como internacionales, la estabilidad de la empresa y el bienestar del sistema organizacional de sus empleados y para la sociedad.

Contenido:



  • Unidad I: Seguros

  • Unidad II: El contrato de seguro

  • Unidad III: El riesgo

  • Unidad IV: Seguro de personas

  • Unidad V: Seguro de transporte y seguro de incendio

  • Unidad VI: Seguro de automoviles

  • Unidad VII: Seguro de ramos técnicos de ingenieria, agropecuarios y empresas de reaseguro


Nota: Recuerden que las unidades poseen un amplio contenido organizado en subtítulos, localicen el contrato de aprendizaje donde se presentan completamente las mismas en la fotocopiadora del Núcleo.


¿Cómo puedo realizar el análisis situacional?


ANÁLISIS SITUACIONAL

Modelo



Por razones metodológicas el análisis situacional tiene 6 o más componentes, entre los cuales tenemos:
1. El contexto mundial y nacional en el cual se desarrolla la situación abordada así como el contexto interno expresado en la organización. Incluye planteamiento, objetivos, etc. del análisis.
2. La Visión (de la organización o grupo abordado)
4. La Misión
5. Valores
6. Políticas
7. El análisis FODA
8. Conclusiones
9. Recomendaciones
10. Levantamiento fotográfico

64 comentarios:

Unknown dijo...

Según la Ley de Contrato de Seguro (2001) en su artículo 23, destaca: "Las falsedades y reticencias de mala fe por parte del tomador, del asegurado o del beneficiario, debidamente probadas, SERAN CAUSA DE NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO, si son de tal naturaleza que la empresa de seguros de haberlo conocido, no hubiese contratado o lo hubiese hecho en otras condiciones".

Johanna Zaa

Ronnei dijo...

administracion: se puede describior como la metodologia utilizada y la dispocision de administrar bienes los cuales pueden ser de caracter publico o privado, en los de cracter privado se busca la maximizacion del capital, para obtener un beneficio

Richard González dijo...

Que es y como se calcula una prima de seguros

Podríamos decir de una manera muy simple que la prima es el precio del seguro, la contraprestación económica que tiene la persona que quiere contratar el seguro a cambio de dar cobertura a un riesgo.

A diferencia a otros productos y servicios la prima se paga por anticipado con el objeto de constituir un fondo suficiente para el pago de la indemnización en caso de que se produzca un siniestro.
Podemos clasificar las primas en función de sus componentes, en función de su forma de pago y de su duración.
En función de sus componentes distinguimos en:
Prima pura o de riesgo, entendiendo como tal la prima que exclusivamente está destinada a dar cobertura al riesgo, es decir, al pago de las prestaciones o indemnizaciones, dicha cantidad se establece en función de una estricta valoración del riesgo.
Prima de inventario que se corresponde con la prima de riesgo más los gastos de gestión y administración que se derivan de la operación de seguro y que tiene que soportar la aseguradora.
Prima comercial que se corresponde con la prima de inventario a la que hay que añadir fundamentalmente las comisiones derivadas de la venta del seguro a través de mediadores.
En función de su forma de pago distinguimos en:
Únicas, cuando el pago se hace en una sola vez.
Periódicas, cuando la prima se paga por períodos definidos en la póliza (anuales, mensuales, etc.)
En función de su duración:
Podemos distinguir entre anuales, plurianuales, fraccionarias (en períodos menores de un año).
Debe agregarse que el pago de la prima constituye un elemento existencial del contrato de seguro, en tanto que contrato bilateral, pues representa la causa del mismo, por lo que debe verificarse que cada una de las partes haya asumido la prestación que le corresponde; de allí que la falta de pago de la prima implica la ausencia de causa del contrato de seguro, viciando la eficacia de dicho acto jurídico.

Bajo esa perspectiva, considero que la suspensión del servicio de cartas avales, clave de emergencia y del reembolso de los gastos efectuados con posterioridad a la fecha de exigibilidad de la prima, constituyen manifestaciones de la aplicación de la excepción de contrato no cumplido, cuya utilización queda a criterio de la compañía de seguros, pues no existe disposición normativa en contrario.

Richard González dijo...

Seguro: Jurídicamente hablando, es un instituto por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima a abonar dentro de los límites pactados, un capital u otras prestaciones convenidas en caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura. El seguro brinda protección frente a un daño inevitable e imprevisto, tratando de reparar materialmente; en parte o en su totalidad las consecuencias. El seguro no evita el riesgo, resarce al asegurado en la medida de lo convenido, de los efectos dañosos que el siniestro provoca.

Seguro Social: Es el organismo estadal creado con la finalidad de brindar la asistencia médica integral y en dinero a sus beneficiados. Se propenderá, bajo la inspiración de la justicia social y de la equidad, a la progresiva aplicación de los principios y normas de la Seguridad Social a todos los habitantes del país que realicen su aporte al mismo. Rige las situaciones y relaciones jurídicas con ocasión de la protección de sus beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobre vivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.

Pienso que la idea la idea inicial por la que fue creado el seguro social es como lo dice en el concepto brindar seguridad social a todas las personas beneficiadas, pero la proliferacion del seguro privado se a convertido en una inversion a la cual nos da la seguridad que nos deberia dar el seguro social y esto tanto las clinicas como las aseguradoras se han aprovechado con el pasar de los años para lucrarse de tal forma que se ha mercantilizado la salud en mi pais, ojala las personar responsables de esta area realicen un esfuerzo en volverle a dar el sitial que una vez tuvo la medicina publica en el pais.
Muchas personas pasan penurias al momento de ingresar a una emergencia esperando la bendita clave de la aseguradora la cual ha traido suficientes inconvenientes a los tomadores quise hacer una reflexion y marcar diferencias en lo que seria el deber ser(seguro Social9 y lo cotidiano que brinda una seguridad antes los siniestros que lamentablemente nos hemos acostumbrado de los cuales debemos resguardar nuestros bienes.
Richard Gonzalez 14.610.375.
Seguros.

Anónimo dijo...

Sandra Cardozo:
El seguro no es otra cosa que un contrato mediante el cual la persona que está expuesta al riesgo, lo transfiere, a cambio de un precio, a una entidad especializada, y si en dado caso somos victimas de algun suceso imprevisto estamos cubiertos y protegidos por el seguro, de esta manera compartiremos los riesgos.

en nuestro pais existe un la Superintendencia de Seguros que tiene como funciones regular, supervisar y controlar al sector asegurado, aunque en el caso de la mayoria de los venezolanos no cuentan con este beneficio.

De acuerdo con una encuesta realizada el 67.8% de los habitantes de Venezuela no cuenta con ningun tipo de seguro de salud.

Unknown dijo...

Las finanzas tratan, por lo tanto, de las condiciones y oportunidad en que se consigue el capital, de los usos de éste y de los pagos e intereses que se cargan a las transacciones en dinero. También suele definirse como el arte y la ciencia de administrar dinero.

El término finanzas provienen del latín "finis", que significa acabar o terminar. Las finanzas tienen su origen en la finalización de una transacción económica con la transferencia de recursos financieros (con la transferencia de dinero se acaba la transacción).

Unknown dijo...

finanazas en venezuela
Las finanzas públicas de Venezuela dependen en grado extremo de las fluctuaciones de los precios del petróleo (el petróleo representa cerca del 80% de todas las exportaciones) Los ingresos del país reflejan los ciclos de los precios del petróleo, pero los gastos son rígidos. De hecho, cuando el crudo sube, los ingresos y gastos aumentan, lo que significa que los ingresos extraordinarios generados por el petróleo son gastados rápidamente por el Gobierno. Sin embargo, cuando los precios bajan, los gastos no pueden ser disminuidos y se originan grandes déficit fiscales.

Unknown dijo...

los gastos publicos en venezuela se clasifican en:
Gastos Ordinarios (atiende el normal desenvolvimiento del país).
Gastos Extraordinarios (hace frente a situaciones imprevistas del estado)
Gastos esenciales: Primordiales para cubrir las necesidades del estado.
Gasto Compensatorio: Redunda en beneficio de la nación.
Gastos personales. Para cubrir prestaciones sociales o de servicio.

Unknown dijo...

Partes que intervienen en el Contrato de Seguro.

1- La Aseguradora: Es la persona que presta el servicio de aseguramiento, y que asume la obligación del pago de la indemnización cuando se produzca el evento asegurado.

2- El Asegurado: Es el titular del interés asegurado, y que está expuesta al riesgo.

3- El Contratante: Es el cliente de la aseguradora, la persona que suscribe la póliza y que paga por el servicio (pago de la prima).

4- El Beneficiario: La persona que recibirá el pago por parte de la compañía de seguros, es el titular de los derechos indemnizatorios.

Puede darse el caso de que dos o más de las últimas figuras, se encuentren en una sola persona
Johanna Zaa 13.834.757 y Beatriz Hernández C.I 12.502.796

Unknown dijo...

La Ley del Contrato de Seguro define el Riesgo como el suceso futuro e incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, del asegurado o del beneficiario, y cuya materialización da origen a la obligación de la empresa de seguros

Unknown dijo...

Seguro contra incendio: es aquel que garantiza al asegurado la entrega de la indemnización en caso de incendio de sus bienes determinados en la póliza o la reparación o resarcimiento de los mismos.
Johanna Zaa C.I 13.834.757 y Beatriz Hernández 12.502.796

Dra. Anggy Rodríguez dijo...

Hola, inicia un nuevo semestre

Unknown dijo...

HOLA A TODOS, MI GRUPO SE PREGUNTA COMO HAREMOS CON LO DEL CUESTIONARIO QUE DEBEMOS HACER EN LA OFICINA DE LA LINEA CARACAS-STA TERESA. NO NOS PUSIMOS DE ACUERDO EL MARTES. RESPONDER A LA BREVEDAD POSIBLE. ATT. GRUPO Nº 03

Unknown dijo...

HOLA A TODOS HOLA FRANMY TAMBIEN TENEMOS ESA INQUIETUD, PROPONGO CADA GRUPO HAGA TRES CUESTIONARIOS: UNO PARA EL USUARIO,UNO PARA CHOFERES Y COLECTORES Y UNO PARA LAS AUTORIDADES DEL TERMINAL. UNA VEZ EN CLASE DECIDIR QUE CUESTIONARIOS UTILIZAR, ADEMAS CREO DEBEMOS ASIGNARNOS TAREAS POR GRUPOS PARA NO REDUNDAR EN LO MISMO ES IMPORTANTE UBICAR AL COMITE DE USUARIOS DEL TERMINAL Y PERSONAS CLAVES PARA LA ENCUESTA. DEBEMOS PONERNOS DE ACUERDO PARA ESTO TRATEMOS QUE SEA POR ESTA VIA.
GRUPO NO. 1
LUIS 18.389.605
ANDRES 16.091.812
LILIANA 6.298.951
LIANORIS 15.132.061

Leydi Bello dijo...

Hola somos el grupo Nº5 proponemos que se realice un solo cuestionario que abarque con todo lo relacionado con la problematica existente en la linea Indepasid. En la proxima clase nuestro grupo presentara un modelo de cuestionario a discutir.

Leydi Bello dijo...

punto Nº5 Desarrollo del seguro en venezuela.
La historia del Seguro se remonta a las antiguas civilizaciones de donde se utilizaban prácticas que constituyeron los inicios de nuestro actual sistema de seguros. probablemente las formas más antiguas de Seguros fueron iniciadas por los Babilonios y los Hindúes.
En cuanto a Venezuela el seguro surgio a mediados de siglo XX,con el auge de la actividad petrolera se establecieron unas series de empresas aseguradoras con capital nacional, ya que en a quel entonces el mercado era controlado por compañias extrajeras siendo la mano de obra Venezolana y su ubicacion. Debido a la Segunda Guerra Mundial hubo un gran crecimiento favorable en el sector de seguro.
Integrantes:
ELizabeth Palencia 16218469
Lorca Tovar 12302844
Leydi Bello 13217140
Yamileth Perez 12111096
Ermelyn Valera 18445571

segurosgrupo4 dijo...

Hola esperamos este bien somos de la catedra de seguros del actual semestre,
Profesora este es nuestro correo grupal, segurosgrupo4@gmail.com, lo vamos a usar para realizar cualquier comentario en blogspot

Nuestro grupo es:
Sindy Carrillo 17.927.730
Karina Guerra 17.287.757
Maria Herrera 14.455.727
Zurany Herrera 16.556.010
Erimil Figuera 11.666.715
Somos el grupo # 04

El dia lunes maria esta encaragada de ir a la direccion de transporte e INDEPASI para recolectar informacion,
zurany de abrir el correo grupal y publicar los que estamos realizando,
las demas compañeras estan investigando la informacion del tema 1 punto 4 importancia del seguro en el desarrollo socioeconomico de los pueblos para interactuar con usted en el blog y colocar la informacion de tema 1 que nos corresponde osea el punto 4 que habla sobre la inportancia de los seguros en el desarrollo socioeconomico de los pueblos, vamos a investigar todas el tema para llevar suficiente informacion..
emir esta encaragada de colocar la siguiente informacion en la valla publicitaria que vamos hacer en papel bond, queremos que la revise y esperaremos su respuesta sobre esta ideaque colocamos a continuacion:

¿SABIAS QUE LA LINEA SUB-URBANA SANTA TERESA-CARACAS-SANTA TERESA

TIENE UN SEGURO PARA LOS PASAJEROS????????????


¿TIENES IDEA HASTA DONDE PUEDE LLEGAR TU RESPALDO............?


TE INVITAMOS A FORMAR PARTE DEL COMITE DE USUARIOS Y USUARIAS DE LA LINEA INDEPÁSI


AYUDANOS A VIGILAR QUE SE CUMPLAN NUESTROS DERECHOS

En espera de su comentario para realizar nuestra valla informativa,

Saludos Cordiales

Grupo 04
Seguros

Unknown dijo...

SEGURO SOCIAL

Es un programa financiado por el gobierno que proporciona a la gente que no puede trabajar, compensación y así ellos pueden vivir.
Tiene por objeto amparar a la clase trabajadora contra ciertos riesgos, como la muerte, los accidentes, la invalidez, las enfermedades, la desocupación o la maternidad.
El Seguro Social será la base del ingreso de cada persona durante su jubilación; este ingreso lo podrá cobrar hasta el último día de su vida.
Las personas pueden comenzar a percibir los beneficios jubilatorios del Seguro Social a la edad de 62 años. Si esperan hasta tener una edad mayor antes de comenzar a cobrar la jubilación, será mayor el monto que recibirán cada mes.

SEGUROS PRIVADOS
Son los que el asegurado contrata voluntariamente para cubrirse de ciertos riesgos, mediante el pago de una prima que se halla a su cargo exclusivo.
En nuestro país los seguros privados son explotados, en su mayoría por compañías privadas.
De acuerdo con su objeto los seguros privados pueden clasificarse en:
*El seguro sobre las personas, que comprende los seguros sobre la vida, los seguros contra accidentes y los seguros contra enfermedades y,
*El seguro sobre las cosas, que comprende los seguros sobre los activos y demás pertenencias materiales del asegurado, los seguros contra daños, etc.
GRUPO Nº04
Ana Zambrano 15.647.479
Franmy Bolívar 19.022.503
Karla Reinoso 19.224.762

Unknown dijo...

Prof hace un momento hicimos el comentario de arriba y nos equivocamos al colocar grupo Nº 04 porque en realidad somos el grupo Nº 03. Bueno igual colocamos el nombre y los números de cedulas que si son correctos.

Unknown dijo...

Estamos de acuerdo con lo que dice el grupo Nº 05, además queremos agregar que desde finales del siglo XIX hasta julio de 1935, el seguro en Venezuela no tenía intervención del Estado, solamente regían las disposiciones del Código de Comercio de 1919, en cuanto lo que el mismo refería sobre los actos de comercio.
En julio de 1935 se promulga la Ley de Inspección y Vigilancia de las Empresas de Seguros, primera ley que regula la materia de seguros en Venezuela, inspirada en la Ley Suiza de Supervigilancia. Esta ley fue derogada y en 1938 se promulga una nueva en la Gaceta Oficial Nº 19.648, y el Reglamento de la misma se dictó en abril de 1939, siendo derogado posteriormente por el Reglamento de julio de 1948.
En junio de 1965, se aprueba la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros y se promulgó en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 964 del 9 de julio de 1965 y se reimprimió en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 970 del 26 de julio del mismo año. Esta última y el reglamento dictado en julio de 1948, constituyen el marco jurídico que regula actualmente en el país las actividades relativas a los seguros privados en Venezuela.
GRUPO Nº 03
Ana Zambrano 15.647.479
Franmy Bolívar 19.022.503
Karla Reinoso 19.224.762

GRUPO 02 ..SEGUROS dijo...

Grupo N 02
Álvarez Karla
Castellanos Leidy
Moreno Maria
Hernández Damelis

Principio de los seguros

1- Principio de Buena Fe: Llamado la "ubérrima fide" o la máxima buena fe que debe sustentar la validez del contrato de seguro, cuando las partes se rigen por actos de absoluta veracidad, a fin de evitar todo intento de dolo o mala intención. Por ejemplo, si un asegurado hace declaraciones falsas para la apreciación del riesgo, no actúa de buena fe, más bien trata de engañar u ocultar algo para lucrar del seguro, lo cual no es buena regla de fuego.

2- Principio de Indemnización: Resumido en la frase "el seguro no es para ganar, el seguro es para no perder" trata de evitar un afán de lucro por parte del asegurado, en vez de tener un seguir para garantizarle solamente una protección que le libere de una pérdida o daño.

3- Principio de Interés Asegurable: Vinculado con el anterior, hace que el seguro proteja el valor económico de un bien hasta una suma máxima de pérdida, pero sin exceder el valor real total de dicho bien. Sería absurdo e injusto, por ejemplo, que un determinado asegurado tuviera un interés asegurable de 100 por un bien que sólo vale 50.

4- Principio de Subrogación: Consecuencia del principio de indemnización, que faculta al asegurador (una vez que ha indemnizado una pérdida) a recuperar de terceras personas responsables, en caso de haberlas.

5- Principio de Contribución: Según este principio, en caso de que una misma materia asegurada tuviera "otros seguros", la pérdida total debe ser compartida por los otros aseguradores en proporción a los capitales asegurados.

segurosgrupo4 dijo...

Hola muy buenas noches estamos actualmente redactando nuestro comentario del tema 1 estamos a la espera de su opinion sobre nuestra valla, de la cual enviamos en nuestro anterior comentario para proceder a realizarla, tambien vamos a publicar nuestro cuestinario para la encuesta linea de transporte indepasi
Saludos

Unknown dijo...

CLASIFICACIÓN DE LOS SEGUROS
SEGUROS SOCIALES: Los seguros sociales tienen por objeto amparar a la clase trabajadora contra ciertos riesgos, como la muerte, los accidentes, la invalidez, las enfermedades, la desocupación o la maternidad.
Características:
• Sus primas son obligatorios y están a cargo de los asegurados y empleadores.
• En algunos casos el Estado contribuye también con su aporte para la financiación de las indemnizaciones.
• Otra de sus características es la falta de una póliza, con los derechos y obligaciones de las partes, dado que estos seguros son establecidos por leyes y reglamentados por decretos, en donde se precisan esos derechos y obligaciones.

• SEGUROS PRIVADOS: Estos seguros son los que el asegurado contrata voluntariamente para cubrirse de ciertos riesgos, mediante el pago de una prima que se halla a su cargo exclusivo.

Características
• Los seguros privados se concretan con la emisión de una póliza – el instrumento del contrato de seguro – en la que constan los derechos y obligaciones del asegurado y asegurador.
• En nuestro país los seguros privados son explotados, en su mayoría por compañías privadas, mutualidades y cooperativas. Pero también el Estado, por intermedio de la Caja Nacional de Ahorro y seguro, hace seguros de distintos tipos. Y en algunas provincias existen aseguradoras oficiales.


GRUPO Nº 2
KARLA, ALEIDI,MARIA Y DHAMELIS

Unknown dijo...

La Póliza de Seguro [editar]
La póliza es el instrumento escrito en el cual constan las condiciones del contrato. Aunque no es indispensable para que exista el contrato, la práctica aseguradora la ha impuesto sin excepciones.

Requisitos mínimos deben contener las pólizas
1. Las pólizas de seguros deberán contener como mínimo:
2. Razón social, registro de información fiscal (RIF), datos de registro mercantil y dirección de la sede principal de la empresa de seguros, identificación de la persona que actúa en su nombre, el carácter con el que actúa y los datos del documento donde consta su representación.
3. Identificación completa del tomador y el carácter en que contrata, los nombres del asegurado y del beneficiario o la forma de identificarlos, si fueren distintos.
4. La vigencia del contrato, con indicación de la fecha en que se extienda, la hora y día de su iniciación y vencimiento, o el modo de determinarlos.
5. La suma asegurada o el modo de precisarla, o el alcance de la cobertura.
6. La prima o el modo de calcularla, la forma y lugar de su pago.
7. Señalamiento de los riesgos asumidos.
8. Nombre de los intermediarios de seguro en caso de que intervengan en el contrato.
9. Las condiciones generales y particulares que acuerden los contratantes.
10. Las firmas de la empresa de seguros y del tomador.

GRUPO Nº 2 ALEIDI, KARLA, MARIA Y DHAMELIS

Dra. Anggy Rodríguez dijo...

Saludos a todos, primeramente los felicito por las actividades emprendidas y las propuestas señaladas.

CON RESPECTO AL CUESTIONARIO
Me parece muy interesante la propuesta de Lianoris, con respecto a la estructura del cuestionario a desarrollar, ya que la informacion seria mas amplia y se podrian dividir en equipos para aplicarlos a cada sector. Les sugiero agregar otra seccion para los participantes de la UNESR- Núcleo Valles del Tuy. En conclusion la estructura seria:

Cuetionario 1: Autoridades de transito terrestre (15 preguntas o items)
Cuestionario 2: Conductores y colectores de la linea de transporte (20 preguntas)
Cuestionario 3: Usuarios de la linea de transporte (15 preguntas)
Cuestionario 4: Comunidad UESERRISTA (10 preguntas)

Es importante mencionar que en los Items que formulen deben incluir aspetos relacionados con seguro, pero tambien otros generales que permitan desarrollar la matriz. Les sugiero que me envien a mi correo las propuestas para realizar la correccion pertienente.

Dra. Anggy Rodríguez dijo...

Grupo 03, muy bien publiquen e incluyan algunas imagenes...
Saludos

Dra. Anggy Rodríguez dijo...

Por favor les agradezco a todos los grupos no copiar directamente de una pagina en internet y publicar aqui, reflexionen y las conclusiones son las que van a publicar.....

segurosgrupo4 dijo...

Buenas tardes es para informarles a los demás grupos que tomamos el cuestionario nro 2 de conductores y colectores de la linea de transporte con las 20 preguntas,

segurosgrupo4 dijo...

Importancia del seguro en el desarrollo socioeconómico de los pueblos.
El país atraviesa por un periodo de transición que parece decisivo para nuestro futuro económico, político y social, las limitaciones de un modelo que buscaba el crecimiento del mismo hacia la modernización. El impulso al progreso de la estructura social y económica de la nación, orientando hacia la forma de convivencia más justa una distribución equitativa del ingreso a las mayores oportunidades de empleo en condiciones de alta productividad y de remuneración a la seguridad social, no solo en lo tecnológico y en lo económico sino en lo cultural también que incluyen a nuestros pueblos en países en desarrollo la intervención del estado es una necesidad inevitable no solo porque las fuerzas del mercado son suficientes para controlar y corregir los desequilibrios que pretenden combatir, sino con ella buscar lograr un autentico desarrollo económico social, para que se beneficien a quienes más lo necesitan.

Qué se debe saber sobre los seguros
Todas las condiciones del seguro vienen en el contrato. Estas cláusulas se deben leer muy atentamente. Todos los años, las aseguradoras ganan muchísimo dinero por las prestaciones que vienen en el contrato y no son reclamadas por el asegurado.
El seguro en todas partes del mundo, tiene una doble función, la económica y la social:
•Función económica: elimina la incertidumbre económica sobre el futuro logrando aumentar la eficiencia, estabiliza la riqueza, combate la pobreza y estimula el ahorro.
•Función social: estimula la previsión, contribuye con el mejoramiento de la salud.

Condiciones esenciales del seguro en España: Se encuentra regulado en la ley 50/80 de Contrato de Seguro.
No pueden asegurarse (art. 19 LCS) los siniestros causados por la mala fe del asegurado. La mala fe penal no se asimila, sin más, a la civil, con importantes consecuencias (sobre todo en materia de automóviles).
Sobreseguro, infraseguro.- El riesgo asegurado no puede ser notablemente superior o inferior al del valor real de la cosa o interés asegurado (suma asegurada), de forma que es esencial una prudente valoración del objeto asegurado. En el primer caso (sobreseguro) producido el siniestro, la aseguradora sólo indemnizará el daño hasta el valor real de la cosa, aunque el asegurado fuera mayor. En el caso de infraseguro, la compañía indemnizará en la misma proporción en la que cubría el interés asegurado: si la cosa valía 1000 € y se aseguró en 500, causándose un daño de 500, indemnizará la mitad del mismo: 250 €. Se aplica en estos casos, la cláusula denominada "Proporción Indemnizable". Esta cláusula se aplica para todo tipo de seguros, a excepción de aquellos denominados como seguros a primer riesgo.
Un ejemplo seria el caso de una persona que tuviese un seguro de vida previo a la compra de una casa. Cuando se compra una casa y debe hacer una hipoteca , es norma por parte de los bancos hacer firmar un seguro que pague la hipoteca en caso de su fallecimiento. El caso es que si se firman dos seguros de vida, no cobrará una indemnización su familia y otra el banco, sino que se repartirán el pago entre los dos seguros; y el cobro entre la familia y el banco. Con lo que la indemnización será la mitad de lo contratado y pagado.
Por tanto, conviene recomendar a cualquier suscriptor de póliza que se asesore con un Corredor o Abogado especializado, que revisen las cláusulas de los seguros contratados.

Principios básicos del seguro

o La esencia del seguro estriba en la distribución de los efectos económicos desfavorables de unos riesgos entre los patrimonios individuales que están expuestos en ellos.
o El individuo evita un perjuicio económico contingente mediante un gravamen económico real y soportable.
o En el seguro el individuo realiza un acto psicológico de "previsión" por lo que si se llega a consumarse el riesgo la persona recibirá la "indemnización adecuada".

PROPUESTA PARA LA COOPERATIVA
INDEPASIP

El grupo SEGUROS4 ha decidido realizar la siguiente propuesta a la cooperativa de transporte que cubre la ruta Santa Teresa – Caracas – Santa Teresa, para buscar una mejora e implementar una red que le otorgue a esta línea de transporte orden y cortesía a los usuarios mientras realizan su cola día a día para abordar a la unidad, ya que en la misma atraviesan por dificultades e infinitas irregularidades, tales como: robo, maltratos, agresiones hasta inclusive el mismo daño al medio de transporte.

Por lo antes expresado decidimos realizar 2 tipos de encuestas (Para la Línea y conductores.

Cuestionario Para la Línea

1.-Posee algún seguro de transporte? Si ( ) No( ).

2.-Cuál empresa esta afiliada a su transporte Si ( )No ( ).

3.-Qué plan de seguro cubre

4.-Cuánto cancela el asegurado a la empresa de seguro.

5.-El seguro cubre el servicio satelital en caso de robo Si ( ) No ( ).

6.-El seguro cubre asesoría legal Si ( ) No ( ).


Cuestionario Para los conductores


1.-La cooperativa INDEPASIP ha impartido talleres a los conductores sobre la atención al usuario. Si ( ) No ( ).

2.-Usted como conductor alguna vez a perdido la paciencia al ser irrespetado por un usuario.Si ( ) No ( ).

3.-Usted como conductor se rige por las normas internas de la cooperativa. Si ( ) No ( ).

4.-Usted esta satisfecho con su ingreso mensual Si ( ) No ( ).

5.-Usted cumple con el horario de trabajo establecido por la línea. Si ( ) No ( ).

6.-Cuales son las reacciones básicas en una situación de emergencia y/o robo.

madelin dijo...

hola a todos nos parecio buenisimo lo planteado por la profesora somos el GRUPO N 6 y VAMOS A ELEGIR EL CUESTIONARIO 4 DIRIGIDO A LA Comunidad UESERRISTA

madelin dijo...

grupo numero 6

DIFERENCIAS DE SEGURO PÚBLICO Y SEGROS PRIVADO

a) El seguro público es obligatorio y el seguro privado es opcional.

b) El seguro público es administrado por el Estado y el seguro privado es administrado por entidades privadas.

c) El seguro público es administrado por la Caja Nacional de salud CNS y fiscalizado por el INASES y el privado es fiscalizado por el SPVS y ejecutado por toda compañía de seguros que tenga una autorización para operar como tal.

d) El seguro público cubre necesariamente a todos los trabajadores con relación de dependencia y el seguro privado no cubre a ese mismo universo.

e) El seguro público tiene prestaciones fijas, es decir primas, cotizaciones y aportes fijos, el seguro privado es variable.

f) El seguro público tiene coberturas puntuales y cerradas, es decir, no cubre otras contingencias y en cambio el seguro privado es absolutamente abierto.

EJEMPLO DE UN SEGURO

Qué es un Seguro de Gastos Médicos (HCM)?

Es un contrato, entre la persona que se denomina Asegurado y una Compañía de Seguros, que le permite al Asegurado disfrutar de cobertura de los gastos en que incurra por concepto de hospitalización, cirugía, tratamientos médicos y medicinas producto de accidentes sufridos, enfermedades o maternidad.

Cuál es el objetivo de un Seguro de Gastos Médicos (HCM)

Brindar respaldo económico para afrontar los gastos que el Asegurado incurra por concepto de una hospitalización y intervención quirúrgica o tratamientos médicos; mediante reembolso de los gastos razonables cubiertos y hasta por la cantidad máxima contratada como suma asegurada.
Ventajas de contratar un Seguro de Gastos Médicos (HCM)
• Contar con una ayuda económica que le permite preservar la salud del Asegurado.
• Hacer frente a gastos programados ó imprevistos como consecuencia de una enfermedad o accidente, que podrían afectar su estabilidad económica.

¿Cuáles son los gastos que normalmente cubren los Seguros HCM?

Los gastos razonables para el tratamiento medico, intervención quirúrgica con ó sin hospitalización, servicios hospitalarios, medicinas, suministros y equipos especiales, requeridos para el tratamiento de enfermedades o lesiones.

¿Qué es un plazo de espera?

Por ser los seguros contratos que cubren imprevistos, a su inicio se establecen periodos durante los cuales no se amparan los gastos incurridos para el tratamiento de enfermedades conocidas o no por el asegurado, esto es lo que se llama “plazo de espera”.

¿Qué es una enfermedad pre existente?

Toda aquella enfermedad conocida por el asegurado, para la cual se le haya recetado un tratamiento médico y esté o haya estado recibiendo medicamento para la fecha de contrato de la póliza.

¿Cómo se obtiene el pago de los gastos médicos cubiertos por un Seguro HCM?

La promesa básica de los Seguros HCM consiste en reembolsar los gastos razonables incurridos por el asegurado y cubiertos por el seguro. No obstante la mayoría de las empresas de Seguros brindan servicios adicionales tales como:

Carta Aval: este es un mecanismo mediante el cual la compañía en nombre del asegurado asume el compromiso ante un tercero de pagar los gastos médicos razonable en que incurrirá el asegurado frente a un tratamiento medico programado, bajo las condiciones particulares de contratación de la póliza. Previa solicitud a la empresa.

Asistencia en caso de urgencia medica: mecanismo mediante el cual la compañía en nombre del asegurado asume el compromiso ante un tercero de pagar los gastos médicos razonables en que incurre el asegurado frente a un tratamiento de emergencia, bajo las condiciones particulares de contratación de la póliza. Se obtiene directamente en el centro hospitalario.

Unknown dijo...

Hola a todos el GRUPO NUMERO UNO HACE SU COMENTARIO CON RESPECTO AL SEGURO:
Es muy anmplio y extenso el material que podemos consultar y discutir sobre seguro, en resumen podemos decir que SEGURO es una relacion que establece una instituciòn (EMPRESA ASEGURADORA) y una persona natural o juridica (ASEURADO), en la cual la primera se obliga a pagar o resarcir daños o perdidas a la segunda por medio de un contrto (POLIZA) donde se establecen los parametros a seguir y cumplir(CLAUSULAS) a cambio por supuesto de un pago en dinero por parte del asegurado oucrra o no el siniestro.
Adicionalmente podemos decir que los seguros osn importantes para toda aquella pesona natural o juridica que considere el resguardar sus bienes y su vida y tener protecciòn a la hora de un siniestro, y ademas cuente con los recursos economicos para pagar este seguro.
En cuanto a su clasificaciòn encotramos que existen dos grandes grupos: SEGURO PUBLICO (IVSS) cuyo representante es el estado y el beneficiario la ciudadania a través de las empresas e instituciones y el SEGURO PRIVADO, que el tema que mas nos ocupa en esta materia. Este a su vez esta subdividido por: SEGURO PARA LAS PERSONAS (accidentes, enfermedad, HCM, entierro, etc) SEGURO SOBRE LAS COSAS (incendio, robo, transporte, equipos, cosechas, ganado) SEGURO SOBRE LA RESPONSABILIDAD (responsabilidad civil, de auto, responsabilidad civil patronal, etc) y SEGURO DE FIANZA O DE GARANTIA FINANCIERA (fiel cumplimiento)

Unknown dijo...

Con respecto al cuestionario nos alegra que ya tengamos encaminado el proceso para nuetro analisis situacional al grupo numero uno nos gustaria trabajar con un cuestionario numero tres dirigido hacia los usuarios de la linea, estamos trabajando sobre ello.

Ermelyn dijo...

GRUPO NRO 5 DE SEGUROS

BUENAS TARDES . YA TENEMOS ELABORADO NUESTRO INSTRUMENTO DE RECOLECCION DE DATOS ( CUESTIONARIO DIRIGIDO A LOS USUARIOS), EL CUAL COMENZAREMOS APLICAR EN LA BREVEDAD POSIBLE, CON UNA MUESTRA DE 100 PERSONAS.

Ermelyn dijo...

GRUPO 5

La indemnizacion es una retribucion que busca resarcir o compensar los daños ocasinados a una persona o un bien, establecido en un contrato. En este caso nos referimos a la indemnizacion contractual.
Por otra parte existe la indemnizacion extracontractual se constituye cuando existe de por medio un daño o perjuicio hacia otra persona o bien de propiedad del acreedor.

Tovar Lorca C.I. 12.302.844
Palencia ElizabethC.I.16.218.469
Leydi Bello C.I. 13.217.140
Yamileth Perez C.I. 12.111.096
Ermelyn Valera C.I. 18.445.571

segurosgrupo4 dijo...

La Prima
Según el Artículo 24 de la Ley de Contrato de Seguros. La prima es la
contraprestación que, en función del riesgo, debe pagar el tomador a
la empresa de seguros en virtud de la celebración del contrato. Salvo
pacto en contrario la prima es pagadera en dinero. El tomador está
obligado al pago de la prima en las condiciones establecidas en la
póliza.

La prima expresada en la póliza incluye todos los derechos,
comisiones, gastos y recargos, así como cualquier otro concepto
relacionado con el seguro, con excepción de los impuestos que estén a cargo directo del tomador, del asegurado o del beneficiario. Las empresas de seguros y los productores de seguros no podrán cobrar cantidad alguna por otro concepto distinto al monto de la prima estipulado en la póliza, salvo los gastos de inspección de riesgo, en los seguros de daño.

El Tomador está obligado al pago de la prima en las condiciones
establecidas en la póliza.
La Prima incluye todos los derechos, comisiones, gastos y recargos,así como cualquier otro concepto relacionado con el seguro, con excepción de los impuestos que estén a cargo directo del tomador, del asegurado o del beneficiario.Las empresas de seguros y los productores de seguros no podrán cobrar alguna otra cantidad por un concepto distinto al monto de la prima
estipulada, en los seguros de daño.

Oportunidad para el pago de la prima

Artículo 25 de la Ley de Contrato de Seguros. La prima es debida desde la celebración del contrato, pero no es exigible sino contra la
entrega de la póliza, del cuadro recibo o recibo de prima o de la nota de cobertura provisional. La entrega de la póliza, del cuadro recibo o recibo de prima o de la nota de cobertura provisional, debidamente firmada por la empresa de seguros hace presumir el pago de la prima con excepción de los contratos celebrados con los entes públicos.

Consecuencia del no pago de la prima

Artículo 27 de la Ley de Contrato de Seguros. Si la prima no ha sido
pagada en la fecha en que es exigible, la empresa de seguros tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida con fundamento en la póliza.
1. Prima neta, pura o teórica. Esta prima depende de la probabilidad del siniestro, es la contrapartida del riesgo, determinándose mediante la conversión del valor del riesgo en bolívares, tomando en cuenta la
garantía ofrecida y el tiempo del contrato.

Esta prima está determinada también por la intensidad del riesgo y del valor del capital asegurado, que van a constituir el valor propio del riesgo calculado con hipótesis estadísticas y financieras.

2. La prima total que paga el asegurado se compone también de una
prima bruta, comercial o de tarifa, ésta es, como la prima neta, pura o teórica, pero además este tipo de prima tiene los recargos de los gastos de administración, impuestos, comisiones, ganancias, beneficios
por el capital invertido y otras reservas que hacen las compañías de
seguros.

Esta prima bruta, comercial o de tan es la que aparece reflejada en el cuadro de la póliza.

La prima bruta, comercial o de tan viene siendo la prima neta, pura o
teórica, pero aumentada con los recargos ya mencionados.

Otros tipos de primas son:

Prima Cobrada: Prima que ha sido satisfecha en su monto por parte del asegurado.

Prima Creciente: Tiene un aumento sucesivo en su importe a medida que
transcurre el tiempo.

Prima Decreciente: Disminuye en su importe a medida que transcurre el
tiempo, se da generalmente en los seguros temporales decrecientes.

Prima de Depósito: La prima que debe satisfacer el asegurado
anticipadamente a cuenta de la prima que resulte una vez que se conoce el riesgo garantizado en la póliza, se da en las llamadas Pólizas flotantes, en las cuales el asegurador conoce el riesgo corrido sólo a posteriori.

Prima Devengada: Prima de seguro correspondiente al riesgo transcurrido durante un ejercicio económico.

Prima Vencida o Consumida: Prima que corresponde a un período de
riesgo ya corrido.

Prima Pendiente: Prima que aún no ha sido cancelada por el asegurado.

Prima Provisional: Tiene el monto sujeto a variación, por ser
desconocido al inicio del seguro los aspectos que deben determinar su fijación concreta.

Prima Vitalicia: Es la que se paga durante todo el tiempo que vive el
asegurado, y es propia de las Pólizas de vida.

Unknown dijo...

Hola a todos. A nosotros nos toco el cuestionario dirigido a las autoridades terrestres. Es un poco complicado. Si alguno de ustedes tiene alguna sugerencia por favor publicarla aquí. Gracias.. Att. Grupo Nº 03..

Unknown dijo...

LA PRIMA
La prima no es más que uno de los elementos indispensables del contrato de seguro, ésta constituye la cantidad que paga el asegurado como contrapartida de las obligaciones indemnizatorias del asegurador. También se puede decir que es el monto que debe pagar el asegurado a efecto de que el asegurador asuma la obligación de compensar las pérdidas y daños que ocasione el siniestro, en caso de que se produzca. Esta suma se fija proporcionalmente, tomando en cuenta ciertos elementos como la duración del seguro, el grado de probabilidad de que el siniestro ocurra y la indemnización pactada.
Por lo general se cancela por una cobertura anual.

LA INDEMNIZACIÓN
En palabras sencillas es una "compensación" que alguien pide y eventualmente puede recibir por daños o deudas de parte de otra persona o entidad.
En otras palabras es una petición realizada por parte de la víctima o acreedor de una determinada suma de dinero, la que deberá ser equivalente al daño producido o a las ganancias y beneficios que hubiese adquirido de no haberse producido cierto daño por parte del victimario o deudor.
No solo se puede solicitar una indemnización en caso de daño directo por parte de un deudor o victimario, éstas también pueden ser otorgadas en caso de contar con un contrato con una empresa aseguradora.
En este caso, se puede obtener un contrato para asegurar los bienes con los que se cuenta, por ejemplo, asegurar el auto de robos o de colisiones, asegurar la casa contra incendios, etc. De este modo, a través del pago periódico de una determinada suma de dinero podremos pedir una indemnización en caso de que ocurra dicho siniestro que ha malogrado el bien asegurado, contando así con los medios para reparar el daño.

GRUPO Nº 03.
Bolívar Franmy
Zambrano Ana
Reinoso Karla

Unknown dijo...

La información que acabamos de publicar complementa la investigación del grupo 04 y 05, ya que parten del mismo tema.
Así tenemos que el asegurado se obliga a pagar la prima porque aspira que el asegurador asuma el riesgo y cumpla con pagar la indemnización en caso de que el siniestro ocurra.
Esta obligación depende de la realización del riesgo asegurado. Esto no es sino consecuencia del deber del asegurador de asumir el riesgo asegurable.

GRUPO Nº 03.
Bolívar Franmy
Zambrano Ana
Reinoso Karla

GRUPO 02 ..SEGUROS dijo...

UN SINIESTRO: Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo acaecimiento genera la obligación de indemnizar al Asegurador.

ALVAREZ KARLA
CASTELLANO LEYDI
MORENO MARIA

GRUPO 02 ..SEGUROS dijo...

Tabien se podria decir que un Siniestro es: Un Hecho cuyas consecuencias económicamente dañosas están cubiertas por la póliza. El conjunto de daños corporales y materiales derivados de un mismo evento constituye un solo siniestro.

Participantes:
ALVAREZ KARLA
CASTELLANO LEYDI
MORENO MARIA

Unknown dijo...

Hola a todos el GRUPO NRO. 1 quiere publicar su cuestionario para dirigido a los usuarios vemos que el grupo numero 5 tambien esta trabajando sobre ello, nos gustaria trabajar con ustedes o intercambiar ideas, quiesramos mas informaciòn acerca de como preparar el material de trabajo y como presentar el cuestionario, esta es nuestra propuesta:

CUESTIONARIO PARA EL COMITÉ DE USUARIOS
Equipo No. 1
Cuestionario dirigido a los usuarios

COMO ABORDAR AL USUARIO:

Hola bueno días¡¡¡ nosotros somos un grupo de estudiantes de la universidad Simón Rodríguez, también usuarios de esta línea CARACAS- SANTA TERESA y habitantes de esta zona, estamos interesados en mejorar de alguna manera el servicio que presta esta línea, por ello estamos realizando un análisis situacional de la misma en materia de riesgo y seguro… Le gustaría apoyarnos con algunas preguntas?

CUESTIONARIO

1.- Sabe usted que es una póliza de seguro por accidente y sus beneficios?

2.-Sabe usted si cuando viaja en esta línea esta cubierto por una póliza de seguros y cual es el riesgo que cubre la póliza

3.-Con respecto a la seguridad de los pasajeros, Que aspectos cree usted deben mejorar dentro y fuera de las unidades?

4-Sabe usted donde dirigirse para obtener ayuda, información, hacer reclamos o sugerencias respecto a este tema?

5.-Conoce usted las leyes de transito terrestre, puede mencionar algunas por favor?

6.-Alguna vez, usted su familia o un conocido, ha sentido que sus derechos como pasajero han sido irrespetados? Nos podría comentar, por favor?

7.- Que opinión le merece a usted que los estudiantes del núcleo de Santa Teresa de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAR SIMON RODRIGUEZ, quieran formar un comité de usuarios de la universidad que defienda y apoye los derechos de los usuarios que viajan en esta línea de pasajeros

8.-En caso que los estudiantes de la universidad logren crear el comité de usuarios, estaría usted dispuesto a apoyarlos dando su aprobación o sugerencias?

9.-Le gustaría recibir talleres o charlas referentes al tema y ser porta voz de lo que se esta logrando para mejorar el conocimiento de los pasajeros sobre sus deberes y derechos al usar esta línea de autobuses

10.- Finalmente, en caso de ser su deseo participar o estar informado al especto pudiera darnos información de cómo contactarlo?...

AGREADECEMOS EL COMENTARIO DE TODOS Y EL SUYO PROFESORA

Unknown dijo...

MODULO III – EL RIESGO
GRUPO No. 1 (CONCEPTO, CARACTERISTICAS, TIPOS )

Indudablemente el riesgo es un elemento del contrato de seguro, monografía.com nos dice que ES UN EVENTO POSIBLE (para que se origine el riesgo), INCIERTO (para que la empresa de seguro asuma la obligación de repararlo ya que existe la posibilidad de que no ocurra) y FUTURO. El riesgo es capaz de ocasionar un daño del cual surja una necesidad patrimonial. El riesgo determina la prima a cobrar por parte de la aseguradora, mientras mas grande sea el riesgo mayor será la prima a cobrar. Es importante destacar que el riesgo debe tener un “carácter objetivo” en el contrato de seguro debe identificarse bien la naturaleza y el universo del riesgo pues se trata de un elemento de capital importante en el contrato y la aseguradora debe cubrir los riesgos asumidos en el mismo.

Según estos dos conceptos:

•Riesgo. Es la posibilidad de que, por azar, ocurra algún suceso desfavorable para el asegurado que obligue a la empresa aseguradora a pagarle una cantidad de dinero o dar un servicio para repararlo.

•Siniestro. Es cuando ocurre el evento por el que se contrató el seguro. Para que la empresa pueda pagar, el asegurado debe comprobar que lo ocurrido está contemplado en los términos que se pactaron en la póliza.

Podemos deducir que el riesgo es la posibilidad de que ocurra o no el evento y el siniestro es la materialización física del evento, el hecho ocurrido.

TIPOS DE RIESGOS ASEGURABLES
Los que afectan a los bienes: Fenómenos de la Naturaleza y Actos derivados de hechos sociales:

RIESGO PROGRESIVO: Cuando la probabilidad de siniestro crece constantemente con el transcurso del tiempo, como es riesgo de muerte y enfermedad; el riesgo puede tener implícita la destrucción total del objeto en cuyo caso producirá un solo grado de intensidad

RIESGO CATASTRÓFICO: Hecho o acontecimiento de carácter extraordinario por su naturaleza anormal y la elevada intensidad y cuantía de los daños que de él pueden derivarse. Por ejemplo:
-Las pérdidas causadas por el deslave en la Guaira o las perdidas causadas a los negocios en el caco central de Caracas cuando ocurren hechos de violencia colectiva .
Características:
No obedece a la Ley de los Grandes Números.
Es independiente de la voluntad humana.
Es de realización futura.
Amenaza por igual a todos los elementos asegurables.
Produce efectos simultáneos a todos los Asegurados.
No existe homogeneidad entre las masas expuestas al riesgo.
Los hechos se producen con independencia absoluta entre sí.
Ocasiona una necesidad económica en una entidad concreta.
La necesidad económica no puede ser resarcible.

RIESGO MORAL O SUBEJTIVO:
Este se entiende como el peligro de pérdidas a causa de actitudes mentales del hombre. Es facultativo de la Compañía Aseguradora, si acepta o no este tipo de riesgo. El riesgo moral representa uno de los peores enemigos del seguro, porque es sumamente difícil de localizar. Además de enemigo del seguro, es una sombra inevitable que acompaña al seguro, porque es el conocimiento de estar asegurado lo que hace a los asegurados frecuentemente más negligentes y muchas veces, más exigentes. El riesgo moral comprende dos aspectos: a) Riesgo Moral Activo y b) Riesgo Moral Pasivo.

RIESGO MORAL ACTIVO: Se entiende por riesgo moral activo el peligro de que un asegurado deliberadamente provoque un siniestro, o aumente sus efectos, o contrate un seguro para hacer luego reclamaciones falsas.

RIESGO MORAL PASIVO Significa negligencia y los descuidos manifiestos del Asegurado que surgen del mismo hecho de estar asegurado

DISMINUCIÓN DE RIESGO
Situación que se produce cuando, por determinados acontecimientos ajenos o no, a la voluntad del Asegurado, el riesgo cubierto por una Póliza adquiere una peligrosidad inferior a la inicialmente cubierta. La disminución del riesgo motiva necesariamente un reajuste en las primas que puede realizarse con carácter inmediato, o a partir del próximo vencimiento del contrato

AGRAVACION DEL RIESGO
Hay agravación del riesgo cuando con posterioridad a la emisión de la Póliza, sobreviene en relación a las circunstancias declaradas al momento de solicitar el seguro, un cambio que aumenta la probabilidad o la intensidad del riesgo asumido por el Asegurador, de manera que éste no lo hubiere hecho en otras condiciones. En un principio general del seguro, que la agravación que por cualquier causa experimenta el riesgo asegurado y que influya en la estimación de su grado de peligrosidad, debe ser puesta inmediatamente en conocimiento del Asegurador, para que éste pueda cobrar la nueva prima que corresponda o proceder a la anulación de la Póliza. El Código de Comercio, Art. 571, declara que es nulo cualquier contrato de seguro hecho con inexacta declaración que pueda influir en la estimación del riesgo. El Código de Comercio, Art. 559 "Del Seguro Contra Incendio", estipula que la responsabilidad del Asegurador cesará si el edificio asegurado fuere destinado después del contrato a un uso que agrave los riesgos de incendio, de tal suerte que haya lugar a presumir que el Asegurador no lo hubiere asegurado o lo habría asegurado bajo distintas condiciones.

GRAN PARTE DE ESTA INFORMACION FUE EXTRAIDA DE LA PAGINA WEB: http://www.pagesasociados.com/centro_ayuda/glosario.php?p=R
Quisimos hacer solo el breve comentario que aparece al principio de esta intervención, pero nos pareció buenísimo que todos manejos estos términos tan exactos acerca del tema. Disculpen lo largo ¡¡¡¡¡

Anónimo dijo...

Cuestionario Para conductores colectores

• 1.- ¿Posee algún seguro de transporte? Si ( ) No ( ).

• 2.- ¿Cuál empresa esta afiliada a su transporte? Si ( ) No ( ).

• 3.- ¿Qué plan de seguro cubre?

• 4.- ¿Ha recibido algún curso de capacitación para atención al público?.
Si ( ) No ( ).
• 5.-

• 6.- ¿El seguro cubre el servicio satelital en caso de robo? Si ( ) No ( ).

• 7.- ¿El seguro cubre asesoría legal? Si ( ) No ( ).

• 8.- ¿la línea de transporte indepasip le exige a los conductores que cumplan con su servicio de higiénico, seguro e interrumpido dentro de la unidad? si ( ) No ( ).

• 9.- ¿La cooperativa indepasip le da normas y procedimientos en materia de seguridad de transito y transporte terrestre? Si ( ) NO ( ).

• 10.- ¿La unidad de transporte cumple con los requisitos sobre la vigencia del seguro de responsabilidad civil? si ( ) No ( ).

• 11.- ¿usted como conductor a verificado si su unidad de transporte reúne las condiciones de seguridad pertinentes? si ( ) No ( ).

• 12.- ¿efectúa la cooperativa una revisión técnica mecánica, física del vehículo en los términos que señale el reglamento? si ( ) No ( ).


• 13.- ¿La cooperativa INDEPASIP ha impartido talleres a los conductores sobre la atención al usuario? Si ( ) No ( ).

• 14.- ¿Usted como conductor alguna vez ha perdido la paciencia al ser irrespetado por un usuario? Si ( ) No ( ).

• 15.- ¿Usted como conductor se rige por las normas internas de la cooperativa? Si ( ) No ( ).

• 16.- ¿Usted esta satisfecho con su ingreso mensual? Si ( ) No ( ).

• 17.- ¿Usted cumple con el horario de trabajo establecido por la línea? Si ( ) No ( ).

• 18.- ¿Cuales son las reacciones básicas en una situación de emergencia y/o robo?.

• 19.- ¿usted como colector de la unidad le han ofrecido algún seguro para su familia? si ( ) No ( ).

• 20.- ¿Explique las funciones generales que cumple un colector de transporte?.

• 21.- ¿Usted como conductor la empresa le garantizan la seguridad de todos lo y pasajeros dentro y fuera del terminal? si ( ) No ( ).

Integrantes. Grupo Nº 4.
Sindy carrillo 17.927.730
Zurany herrera 16.556.010
Erimil Figueras 11.666.715
Karina guerra 17.285.757
María herrera 14.455.727
profesora mañana le envio la población y disculpe la tardansa.por favor me indica si esta bien.

Anónimo dijo...

profesora somos el grupo nº 4 el cuestionario de conductores y colectores de la linea indepasip.gracia y esperamos de su pronta respuesta.

Lorca dijo...

Grupo Nro 5

Toda personas que sea propieatario de bien inmueble, por medidas de precaucion deberia asegurarlo contra incendio, no se escapan de un hecho fortuito.
Un ejemplo de esto seria lo que le sucedio al supermercado de los chinos ubicado en santa teresa ,en ese momento se comento que no estaban asegurados por las condiciones del local no cumplia con los requisitos.

Toda empresa de transporte que se dedique al traslado de mercancia y de pasajeros debe contar con un seguro ya que los usuarios contaran con una indemnizacion en caso que suceda un siniestro.

Ejemplo : Las lineas de transporte publico debe contar con una poliza de seguro contra accidente.
El transporte fluvial y aereo.

Tovar Lorca C.I. 12.302.844
Palencia ElizabethC.I.16.218.469
Leydi Bello C.I. 13.217.140
Yamileth Perez C.I. 12.111.096
Ermelyn Valera C.I. 18.445.571

Lorca dijo...

Grupo Nº 5
Nosotros ya aplicamos el instrumento dirigidos a los usuarios con preguntas cortas y de selección simple....si quieres mas informacion en clase le mostramos el instrumento de recoleccion de datos.

Anónimo dijo...

Hola profesora el martes suspendieron clases por el tema del agua.. este martes 09/12/08 hariamos la presentacion del tema 4? como quedariamos con el 5?
Saludos

Unknown dijo...

•Seguro de Transporte: Es aquel en que el asegurador se obliga a indemnizar las pérdidas o daños que el asegurado llegara a sufrir con motivo de la movilización de bienes o efectos muebles en cualquier clase de vehículo o nave, o a pagar en vez de una persona las indemnizaciones que ésta estaría obligada a satisfacer en caso de accidentes de personas, pérdidas o deterioro de mercaderías u otro bienes transportados.

•Seguro de transporte: Cubre los riesgos que pesan sobre los medios de transportes, los efectos transportados y los pasajeros. La compañía indemniza al propietario de los medios de transporte los daños que estos puedan sufrir en el cumplimiento de su misión por diversos accidentes, conforme al capital asegurado. Este seguro También cubre los daños o lesiones que puedan sufrir los pasajeros como consecuencia de accidentes de transportes.
Seguro en caso de embarcaciones: Está destinado a cualquier embarcación ya sea a motor o a vela, cubre los daños materiales y personales causados involuntariamente a terceros y daños causados a puertos e instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, en general, por los demás hechos derivados del uso de la embarcación asegurada o por los objetos o esquiadores que ésta remolque en el mar, que se pudieran ocasionar por el asegurado y embarcación indicados en las condiciones de seguro.
Mediante este seguro se da cobertura a las indemnizaciones a las que haya que hacer frente por los daños que la embarcación pueda causar a terceras personas (seguro obligatorio) y opcionalmente a los daños producidos en la propia embarcación.

El seguro obligatorio cubre la Responsabilidad Civil en que pueden incurrir tanto el naviero y el propietario, como aquellos otros que, debidamente autorizados, patroneen la embarcación o secunden su gobierno.

Las embarcaciones que están obligadas a contratar este seguro son: todas las propulsadas a motor (incluso motos acuáticas), del resto sólo las que tengan más de 6 m. de eslora y también, embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas españolas.

Riesgos Ordinarios: La compañía se obliga, dentro de los límites establecidos en esta póliza y por la ley aplicable en cada caso, a indemnizar la destrucción, los daños materiales y/ o la desaparición de la embarcación de recreo asegurada debidos, única y exclusivamente, a los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinarios que se indican a continuación: Inundación, Terremoto, Erupción volcánica, Tempestad ciclónica atípica y Caída de cuerpos siderales y aerolitos.

Riesgos Especiales: la compañía se encarga de Las Aviación, Cascos, Embarcaciones Y Puertos Deportivos; Los daños de Responsabilidades Marítimas; Los daños Mercancías Marítimas y Terrestres; Los Vehículos de 2ª Categoría (RC Circulación y Daños Propios) Camiones y Autobuses; Extensión de Garantías (Nuevos y Usados). Concesionarios; Flotas de Vehículos...

Riesgos de construcción: Se encarga de los daños o pérdidas imprevisibles o accidentales debido a cualquier causa, derivados de trabajos de construcción e ingeniería civil tales como: Error de diseño, Bienes existentes, Instalaciones de obra, Equipos de contratistas, Cables o tuberías subterráneas existentes, Huelgas o motín, Actos terroristas, Mantenimiento ampliado.

Seguro en caso de valores: Diseñado especialmente para cubrir aquellos incidentes que pudieran presentarse en valores, el Asegurador indemnizará al Asegurado con respecto a las pérdidas o daños físicos ocasionados al interés asegurado.

Fletes: Se da en los países que poseen abundante flota mercante o que tienen un movimiento muy activo de carga marítima o fluvial, el comercio de fletes es uno de los más importantes y se cotizan en bolsa como los títulos y documentos negociables.
Las ventas: son tres tipos de ventas con cláusulas CIF, CyF y FOB tienden a facilitar al comprador el cálculo exacto del beneficio que puede reportarle la adquisición de una mercancía, sea porque en el precio de venta se incluye el importe de los gastos de transporte hasta el barco, de seguro y de flete (venta con cláusula CIF), sea porque se incluye solamente el transporte terrestre y el flete (venta con cláusula CyF), sea porque se incluye solamente los gastos de porte hasta poner la mercancía a bordo (o sobre el vagón del ferrocarril) en el muelle de exportación (venta con cláusula FOB o franco vagón). Se comprende bien la significación de estas cláusulas en el tráfico internacional y transoceánico, cuando el importador nacional recibe varias ofertas de ventas de distintos exportadores.

Garantías relativas a las personas: Traslado del Asegurado herido o enfermo; Gastos médico y de hospitalización en el extranjero; Repatriación de fallecidos; Envío de medicamentos.

Garantías relativas a la embarcación: Gastos de remolque por averías o accidentes; Envío de mecánico; Repatriación de fallecidos; Gastos de custodia.

Nulidad del contrato: tiene nulidad cuando se discute en el Juzgado, si el asegurado actuó de buena o mala fe, lo que el Juez ve primero y más claro es que existe una declaración firmada por él; así que es el asegurado quien tiene que probar que lo que figura en ella no es lo que él manifestó, o incluso que él no participó y que se limitó a firmar en blanco.

GRUPO Nº 03
BOLIVAR FRANMY C.I. 19.022.503
REINOSO KARLA C.I. 19.224.762

Dra. Anggy Rodríguez dijo...

Saludos a todos y todas las participantes que han mantenido una interacción continua asincrónica en este blog, han evidenciado que son adultos responsables y conocen plenamente los principios filosóficos de la UNESR, y fundamentalmente las competencias del participante UESERRISTA ahora bien partiendo de las investigación individuales y colectivas que han desarrollado, deseo orientarlos con las siguientes observaciones:

1) Realice intervenciones contextualizadas en el tema de forma clara y resumida.
2) Establezca su opinión personal y su aplicación en la actualidad.
3) Genera la estrategia preguntas que preguntan
4) Relacionen sus intervenciones con las intervenciones que han realizado los demás grupos.
5) Evite copias de otras páginas web

Sigan adelante, pero tomen en cuenta las observaciones realizadas. Recuerden lo importante no es cumplir colocando inmensos contenidos, lo importante es la interpretación personal de cada uno de Ustedes y el verdadero conocimiento que adquieren con las investigaciones, lecturas y reflexiones que realizan.

Saludos

Dra. Anggy Rodríguez dijo...

Bueno, luego de leer detenidamente cada una de sus reflexiones podemos debatir en torno a las siguientes interrogantes:

1) ¿Si Usted es representante de una aseguradora que cláusulas deberá incluir en una póliza de seguro de automóviles? Y que beneficios obtendrá el asegurado
2) En caso de presentarse un conflicto por incumplimiento al producirse el siniestro que bases legales protegen al asegurado.
3) Imagine que como administrador de la empresa VV20 debe adquirir un seguro colectivo para su organización. ¿A que se debe esa obligación? ¿Cómo seria la póliza: contenido?
4) Expliquen y discutan los casos presentados en la clase.

Nota: Todos y Todas muy bien, los aportes sigan adelante.

Anónimo dijo...

PROFESORA COMO LE HAGO PARA ENVIARLES LAS LAMINAS DE POWER POIN ES MUY DIFICIL.

Anónimo dijo...

Seguro de Incendio:
Es un contacto entre una persona llamado asegurada asegurado o tomador de la póliza y una compañía de seguros, mediante el cual esta ultima se compromete a pagar las perdidas al asegurado por concepto de la materialización de un riesgo.
Pólizas de seguros contra incendios
El Seguro contra incendios mas simple cubre los gastos de los daños causados directamente contra el fuego o por un rayo. Existen pólizas de seguros contra incendios ampliadas, que permiten cubrir los gastos de los daños causados por huracanes , granizadas, explosiones, accidentes de transito, etc. La prima también se puede ampliar para cobrar mayores indemnizaciones.


Coberturas:
Las coberturas de las pólizas contra incendios abarca generalmente aquellos daños causados directamente por le fuego que se haya producido, como también se podría cubrir algunas coberturas especiales por ejemplo; explosiones daños por problemas sociales, huracanes, entre otros.

Seguro de Incendio:
Es un contacto entre una persona llamado asegurada asegurado o tomador de la póliza y una compañía de seguros, mediante el cual esta ultima se compromete a pagar las perdidas al asegurado por concepto de la materialización de un riesgo.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCENDIO:
Luego de producido el siniestro, el asegurado hace el reporte de los daños a la empresa aseguradora.
La empresa aseguradora hace la inspección correspondiente.
La aseguradora pide la evaluación técnica de los entes gubernamentales en este caso bomberos y la policía, para determinar la causa del siniestro.
PROFESORA SOMOS EL GRUPO Nº4 MAÑANA LES ENVIO LAS LAMINAS.

Anónimo dijo...

grupo nº 4 integrantes.erimil figueras.karina guerra.sindy carrillo.zurany herrrera.maria herrera.seguro de incendio.

Anónimo dijo...

las laminas se las envie al correo del grupo por favor cualquier detalle no lo hace saber a la brevedad posible para hacerles los arreglos.grupo nº 4.maria.

Anónimo dijo...

Hola Buenas Noches

por favor profesora indiquenos que evaluacion de nivelacion nos va a colocar al grupo numero 4 o a las personas integrantes de grupo que necesitemos de ella para realizarla y enviarsela lo antes posible por favor nos comenta,
Saludos
Grupo 4 Seguros

segurosgrupo4 dijo...

Hola Buenas Noches

por favor profesora indiquenos que evaluacion de nivelacion nos va a colocar al grupo numero 4 o a las personas integrantes de grupo que necesitemos de ella para realizarla y enviarsela lo antes posible por favor nos comenta,
Saludos
Grupo 4 Seguros

Dra. Anggy Rodríguez dijo...

Hola grupo 4, envíen las láminas a mi correo anggy_rodriguez2006@hotmail.com

Con respecto a la nivelación, primeramente de la disertación que realizaron cuando comenzaron las actividades, acerca de Ética, podrán mejorar la calificación alcanzada participando en el artículo “Ética conveniente o inconveniente” que podrán localizar en la página principal del blog.

Dra. Anggy Rodríguez dijo...

Ahora bien como no presentaron la unidad IV, que les parece preparar un foro titulado El seguro de Vida, traen un ponente, organizan los refrigerios y lo llevamos a cabo en el ambiente o la Biblioteca del Núcleo. Conversen y me informan….. Además podrían participar colaborando con Ustedes otros equipos que también no han salido muy bien en las presentaciones orales y las láminas. Adicionalmente se podrían entregar certificados a los participantes asistentes del mismo.

Saludos

Profesora Anggy

Nota: si requieren ayuda cuenten con mi apoyo.

segurosgrupo4 dijo...

Grupo #04 Seguros Agropecuarios y Fondafa

En los seguros de índole agrícola y pecuaria se consideran riesgos climáticos y/o biológicos a la ocurrencia de aquellos fenómenos que afectan el rendimiento, la calidad y/o la supervivencia del cultivo en forma verificable, es por ello que el productor dispone de una variada ofertas de seguros para cubrirse de estos riesgos.
Los seguros agrícolas son básicamente de dos tipos: contra riesgos nombrados, por ejemplo granizo, donde el asegurador responde por los daños causados exclusivamente por este riesgo, y los multiriesgo que combinan la protección de varios factores climáticos.
En el caso de las plantaciones perennes, la suma asegurada se establece basándose en el valor de producción esperado por hectárea según los destinos de la producción. Para valuar el daño, se calcula el valor de la producción remanente, luego que ocurre el siniestro, de acuerdo a la merma en rendimientos y/o en la calidad. El asegurador pagará la diferencia.
También existe el seguro agronómico y rural mediante el cual se cubre al asegurado por pérdidas ocurridas a causa de fenómenos climáticos, tomándose como base para la determinación del capital asegurado el capital invertido para una producción específica, esta el de granizo que cubre los daños ocasionados a los cultivos por este tipo de precipitaciones, asegurando la inversión realizada para producir dichos cultivos, el de heladas en viña es un seguro específico para este tipo de cultivos, su indemnización se basa en la disminución de rendimiento a consecuencia de heladas, los invernáculos que cubren este tipo de explotación de ciertos cultivos específicos, se aseguran las construcciones, opcionalmente el contenido, contra los daños ocurridos por temporales de agua y viento, incluyendo granizo, el de forestación el cual ha adquirido una destacada importancia al incrementarse las plantaciones forestales y convertirse ésta en una de las industrias más promisorias dentro de las agropecuarias. Cubre específicamente daños por incendio y temporales a viveros y montes en pie. Existe la cobertura de compra de insumos es un seguros utilizado a través de empresas proveedoras de insumos para el sector agropecuario. Estas venden agroquímicos, semillas y fertilizantes a los productores con un seguro incluído, de tal manera que cuando por alguna causa climática no se llega al nivel de rendimiento asegurado, el productor queda exento de algún porcentaje del monto de sus adquisiciones y en algunos casos llega a ser del 100%.
Los seguros multiriesgo son lo que cubren una multiplicidad de riesgos, generalmente climáticos y/o biológicos, especificados en la póliza de seguro. Los riesgos climáticos usualmente cubiertos son: granizo, incendio, inundación, sequía, vientos, heladas, falta de piso y lluvias en exceso, mientras que los riesgos biológicos otorgan cobertura contra daños de insectos, plagas y enfermedades. Estos seguros cubren la inversión del productor individual para gastos de implantación y protección del cultivo, reconociendo como gastos una cantidad fija de quintales por hectárea. Este tipo de seguros indemniza cuando, por causa de algún fenómeno cubierto, el rendimiento del productor cae por debajo del nivel asegurado especificado en la póliza.
Otro tipo de seguro multiriesgo disponible asegura el costo de inversión conjunto de las distintas actividades que se desarrollan en una explotación. La suma asegurada se establece por zona y por cultivo, en base a los quintales por hectarea garantizados, valuados o bien al precio del mercado a término o al costo de inversión, por el total de la superficie asegurada.
Para dar trámite al seguro agrícola, debes tener lista la siguiente información al momento de contactar una aseguradora:
Fecha de siembra, Área a sembrar, Zona a Sembrar (municipio, localidad), Suma Asegurada, Nombre y datos generales del beneficiario del seguro, Riesgo a cubrir.
En el caso de las coberturas ganaderas, los seguros para ganado lechero, básicamente los riesgos cubiertos pueden ser la muerte del animal por enfermedad o accidente, es requisito previo que los animales estén sanos al comienzo del seguro, para lo cual se exige certificado veterinario. Existen otras pólizas que garantizan la pérdida de beneficios en la vaquería a consecuencia de la muerte del animal. En este caso, la suma asegurada surge de multiplicar la producción anual del animal por el valor del litro de leche, por lo cual, es requisito que los animales estén identificados.
Existen seguros que cubren responsabilidad civil para la explotación de Feedlot (mataderos) y robo de animales, en caso de que el dueño del establecimiento engorde animales de terceros. En este caso, entre los diversos riesgos cubiertos, se encuentran amparados los daños causados entre los animales como consecuencia de una estampida y los ocasionados a terceros; responsabilidad civil básica más incendio, rayo, explosión y descargas eléctricas.
Fondafa ley de reforma parcial de la ley del fondo de desarrollo agropecuario, pesquero, forestal y afines gaceta oficial n° 37228 del 26 de junio de 2001 establece en materia de riesgos catastróficos en el titulo VII del fondo especial agropecuario de contingencias en su Artículo 21. Se crea mediante el presente Decreto Ley el Fondo Especial Agropecuario de Contingencia, bajo la figura de Fondo Autónomo, administrado por el Fondo de Desarrollo Agropecuario, Pesquero, Forestal y Afines (FONDAFA), cuyo objeto será procurar los recursos necesarios para la cobertura efectiva de contingencia catastróficas naturales que afecten la producción de los agentes agropecuarios del país, cuando así lo determine el Presidente de la República en Consejo de Ministro. De esta manera el estado trata de amparar a los productores pertenecientes a este sector donde este organismo de forma independiente decidirá de que forma se impartirán los recursos destinados para cubrir dicha catástrofe natural.
Integrantes:
Karina Guerra 17.285.757
Maria Herrera 14.455.727
Sindy Carrillo 17.927.730
Erimil Figueras 11.666.715
Zurany Herrera 16.556.010

Unknown dijo...

GRUPO Nro. 03
El seguro de Todo Riesgo para Contratistas (TRC) es un seguro de daños materiales, especialmente diseñado para proteger las obras civiles durante el periodo de su construcción. Su protección está limitada al “Sitio de Construcción” tal como se define en el contrato de obra y / o en los planos del proyecto.
Las coberturas proporcionadas por el seguro TRC son muy flexibles y se adaptan a las necesidades propias de cada asegurado; entre ellas tenemos las siguientes:

Coberturas Principales:

Incendio, Rayo, Explosión.
Descuido, Negligencia, Falla Humana.
Robo, Hurto, Acto Malintencionado.
Daño causado por material defectuoso.
Daño causado por defecto de mano armada.
Temblor, erupción volcánica, maremoto.
Responsabilidad Civil Extracontractual.
Remoción de Escombros, entre otras.

Exclusiones Principales:

Guerra.
Actos dolosos o imprudencia manifiesta del asegurado o sus representantes.
Daños mecánicos y eléctricos internos de la maquinaria de construcción.
Daños por deficiencias o errores de diseño o proyecto.
Otras expresamente nombradas en la póliza.

Unknown dijo...

Prof que paso con las pautas que iva a publicar acerca del analisis situacional???

Anónimo dijo...

buenas tardes profesora todavia no ha publicado pautas del analisis situacional.maria de jesus

Dra. Anggy Rodríguez dijo...

Al inicio estan las pautas generales que pueden emplear para el análisis.

Saludos

ahhhh.... como la visita no la realizamos les propongo sustituir ello con un taller, esta en la páguina inicial del blog seria para el 10/02/2009 se titularia Contratos de Seguros y su importancia.. Valor 20%